CONCLUSIONES

miércoles, 8 de julio de 2009

Los Delitos Informáticos se clasificada en: a) conductas lesivas a la confidencialidad de la información (Espionaje Informático e Intrusismo Informático), b) conductas lesivas a la integridad de la información (bombas lógicas y virus informáticos), y, c) conductas lesivas a la disponibilidad de la información (electronic mail bombing y spam).

El Espionaje Informático pasó de ser un concepto de solo un acopio de información aun concepto más complejo que comprende todo el proceso inmanente a él, en pocas palabras, a asimilado dentro de su contenido el proceso de almacenamiento, tratamiento y transmisión de datos.